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Tribunales y regulación

Primer Tribunal Ambiental confirma multa de 4.713 UTA a Albemarle por extracción de salmuera en el Salar de Atacama

Por mayoría, el tribunal rechazó la reclamación de la empresa contra la sanción de la SMA por exceder el caudal autorizado y por incumplir el Plan de Alerta Temprana. Una ministra votó por acogerla.

Por Redacción Expediente Ambiental · Edición: Nicolás San Román Quintanilla

Publicado · 3 min de lectura

Ilustración: Vista amplia de un salar altiplánico con pozas de evaporación rectangulares en tonos turquesa y amarillo pálido, volcanes andinos al fondo.
Ilustración generada con IA (ChatGPT) para Expediente Ambiental · Imagen referencial; no representa los hechos ni lugares exactos de la nota

El Primer Tribunal Ambiental, con sede en Antofagasta, rechazó la reclamación de Albemarle Ltda. y confirmó la multa de 4.713 unidades tributarias anuales (UTA) que le aplicó la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por su operación en el Salar de Atacama. La sentencia de la causa R-144-2025 se dictó el 25 de septiembre de 2026 por mayoría, con un voto en contra. El fallo mantiene la sanción, pero aún puede ser impugnado ante la Corte Suprema.

Qué se sancionó

Según el comunicado del tribunal, la SMA sancionó dos infracciones de la Planta Cloruro de Litio, en San Pedro de Atacama, ambas calificadas como graves:

  1. Superar el caudal medio anual de extracción de salmuera fijado en la resolución de calificación ambiental (RCA) N° 21 de 2016, el permiso ambiental del proyecto. Multa: 1.279 UTA.
  2. Incumplir el Plan de Alerta Temprana (PAT) del sector Alerta Acuífero, luego de tres mediciones consecutivas bajo el umbral en el pozo BA-07. Multa: 3.434 UTA.

El PAT es un mecanismo de la RCA que obliga a la empresa a informar y reducir la extracción cuando ciertos indicadores de los niveles de agua cruzan umbrales definidos, para proteger el sistema hídrico del salar.

El Desconcierto estimó que la multa equivale a unos $4.056 millones a valores de septiembre de 2026, e informó que la SMA formuló cargos en marzo de 2022 y resolvió la sanción en septiembre de 2025.

Los argumentos y lo que resolvió la mayoría

Según el resumen de La Quinta Sala, la empresa alegó que la demora del procedimiento, de más de tres años y medio, le restó eficacia a la sanción. Sostuvo también que el límite de extracción debía medirse por año calendario y discutió cuándo se activaba el PAT. La mayoría resolvió que:

  • La duración del procedimiento no extinguió la sanción, porque las diligencias se justificaban por su complejidad técnica.
  • El límite se mide por año operacional, de octubre a septiembre. Con ese criterio, la extracción media de 452,3 litros por segundo superó el límite de 442 L/s.
  • Las mediciones quincenales activaron las obligaciones del PAT el 2 de febrero de 2021.
  • Ambos incumplimientos son graves aunque no se acreditara daño material, por la función preventiva del plan en un ecosistema vulnerable.
  • La afectación de áreas protegidas se evalúa por la conectividad hidrogeológica, no solo por la distancia.

Voto en contra y prevención

La ministra Sandra Álvarez Torres votó por acoger la reclamación: consideró que hubo una imposibilidad material sobreviniente y que la sanción había perdido eficacia por la demora de la administración. El ministro Alamiro Alfaro Zepeda concurrió al fallo con una prevención: la reclasificación del primer cargo de leve a grave no obligaba, por sí sola, a reformular los cargos.

Análisis de Expediente Ambiental. El fallo valida la forma en que la SMA interpretó las condiciones de la RCA sobre caudal y alerta temprana. Ese criterio podría importar en otros salares con planes de seguimiento similares. La discrepancia sobre el tiempo que tomó el procedimiento sancionatorio queda planteada para una eventual revisión de la Corte Suprema.

Qué viene

  • Contra la sentencia procede el recurso de casación ante la Corte Suprema. No pudimos comprobar si Albemarle lo presentó.
  • No encontramos declaraciones públicas de Albemarle ni de la SMA sobre el fallo.

Lo que no pudimos verificar

  • El texto íntegro de la sentencia: el portal judicial del tribunal no se pudo leer desde nuestras herramientas. Los criterios de la mayoría provienen del comunicado oficial y del resumen de La Quinta Sala.
  • El número y la fecha de la resolución sancionatoria de la SMA.
  • La equivalencia en pesos de la multa, que es una estimación de prensa.

Documentos originales

Fuentes consultadas

  1. Se confirma sanción de multa a empresa Albemarle por infracciones ambientales aplicada por la Superintendencia del Medio Ambiente, Primer Tribunal Ambiental. Consultado el 28 de octubre de 2026.
  2. Sentencia Rol R-144-2025, Primer Tribunal Ambiental (ficha de seguimiento), La Quinta Sala. Consultado el 28 de octubre de 2026.
  3. Justicia confirma multa millonaria contra minera de litio por sobreextracción en el Salar de Atacama, El Desconcierto. Consultado el 28 de octubre de 2026.

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Temas: Primer Tribunal Ambiental, Superintendencia del Medio Ambiente, Albemarle, Litio, Salar de Atacama, Región de Antofagasta

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